jueves, 22 de septiembre de 2011

CONTRATACIONES DE TCPS CON LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 10/2011 "MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN"

Os informamos que esta sección sindical lleva varias semanas solicitando a la empresa información de cuales son las medidas que van adoptar con la entrada en vigor de la nueva ley 10/2011 "MEDIDAS DE FOMENTO DE LA CONTRATACION" y como afectará a las CONTRATACIONES DE LOS TCPS de AEA. A continuación adjuntamos el email recibido por parte de la empresa en el dia de ayer sobre este tema.

Un saludo a todos

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Apreciados/as Sres./as:

Mediante el presente correo electrónico les comunicamos que la empresa comenzará a aplicar el capítulo II del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, bajo su epígrafe “Medidas de fomento de la contratación”, y en particular, en materia relativa a la suspensión temporal de la aplicación del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores, el próximo mes de enero de 2012. De tal forma que, a partir de la fecha indicada (enero 2012) aquellos TCP a quienes resulte de aplicación la norma de referencia y su actual reforma, que no estén en esos momentos de alta en la empresa (prestando servicios en la misma), por estar dentro de su período de inactividad como eventual de un año (período de referencia hasta ese momento), podrán ver adelantada su incorporación en la compañía a la fecha en que hayan transcurrido seis meses del citado período de inactividad.

Lo que ponemos en su conocimiento para su mejor entendimiento de la situación.

Atentamente.

4 comentarios:

  1. Muchas gracias por la info, siempre sois los primeros en comunicarnos lo que esta pasando, cosa que se agradece y mucho!

    Esta decision me plantea una pregunta, como se va a ejecutar esta decision? supondra que los tcp's eventuales que estan en los ultimos puestos del escalafon veran retrasada su contratacion o se tendra en cuenta?
    Muchas gracias de nuevo

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  2. Me parece muy bien que cuando a uno se le obliga, se lleve a cabo la reforma de contratación laboral. Pero que pasará con la igualdad de condiciones, a las cuales estamos supeditados todos los trabajadores eventuales, encuanto al escalafón se refiere?. Las personas que hems estado durante el año 2011 en la calle, nos veremos completamente desventajados, no en dos días ni en tres, si no que nada más ni menos que en seis meses (180días), imagino que este tema estará siendo contemplado de antemano por nuestra representación sindical...

    Un saludo

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  3. A mi tambien me gustaria saber cual es la opinion del sindicato al respecto de lo que se comenta el mensaje anterior y que medidas creeis que se pueden tomar.
    Un saludo y gracias por vuestra dedicacion.

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  4. La respuesta de la empresa indica que efectivamente procederán a contratar al primero que esté en el escalafón a partir del momento de aplicación de la ley. Lamentablemente medidas legales de este estilo que cambian el marco en el que llevamos moviéndonos desde hace tiempo, siempre perjudican a unos en beneficio de otros. Esta sección sindical vigilará el seguimiento del escalafón de eventuales pero no puede impedir que la empresa decida aplicar una ley con la que estamos totalmente en contra. La USO considera que esta ley no hace más que prolongar la eventualidad hasta límites inadmisibles y no fomentará en absoluto la conversión en contratación fija, muy al contrario, ya que permitirá mayor rotación. Nos hemos opuesto a esta medida que permite la concadenación ilimitada de contratos eventuales a nivel nacional y seguiremos luchando para conseguir un empleo estable y de calidad.

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